¿Te han denegado el grado de dependencia, te han dado un grado más bajo del esperado o te han rechazado la plaza? No es el final: la mayoría de resoluciones se pueden reclamar, pero los plazos son cortos y el procedimiento es técnico. Así te mueves sin perder el derecho.
Lo primero: lee la resolución y la fecha
La resolución indica el grado reconocido (o la denegación) y el PIA (Programa Individual de Atención). La fecha de notificación pone el reloj en marcha: tienes un plazo limitado para reclamar, así que no esperes.
Las vías: reclamación previa y revisión de grado
- Reclamación / recurso. Frente a la resolución puedes presentar la reclamación en los plazos indicados, aportando nueva documentación médica. Según la comunidad autónoma, el trámite y los nombres varían, pero la lógica es la misma.
- Revisión de grado. Si el estado de la persona ha empeorado, puedes pedir una revisión del grado con informes médicos recientes que lo acrediten.
Los documentos que marcan la diferencia
- Resolución impugnada y fecha de notificación.
- Informes médicos recientes y de especialista (no solo los ya presentados) que describan la pérdida real de autonomía en las actividades de la vida diaria.
- Informe de salud actualizado y, si procede, informe social.
Por qué importa para la residencia y el copago
El grado de dependencia abre la puerta a la plaza pública/concertada y a las ayudas; un grado más bajo reduce la ayuda y sube tu copago. Repasa cómo funciona: la Ley de Dependencia y la residencia y las diferencias entre plaza pública, concertada y privada.
Los errores que hacen perder el recurso
- Dejar pasar el plazo de la resolución → la denegación se vuelve firme.
- Reclamar sin aportar informes nuevos y de especialista.
- No documentar la pérdida real de autonomía en las actividades diarias.
- No pedir la revisión de grado cuando la persona ha empeorado.
Una ayuda concreta
En resumen
Comprueba la fecha de notificación, no dejes pasar el plazo, reúne informes médicos nuevos y de especialista, pide la revisión de grado si ha empeorado, y documenta la pérdida real de autonomía. Una denegación no es definitiva — pero el plazo sí.
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